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Contratos Asistentas Domésticas

Aunque este tipo de contrato no es necesario si el contrato es inferior a cuatro semanas,  aportándole en la oficina de la  Seguridad Social a la hora del alta, se hace necesario realizar un contrato para especificar en el las condiciones y retribuciones del trabajo.

Este contrato es beneficioso aportarlo en la Seguridad Social a la hora de la tramitación del alta, aunque no es un requisito necesario para la tramitación.

El Ministerio de Trabajo propone dos tipos de contratos según la duración de este.

El modelo para contratos de duración determinada. Descargar Contrato Temporal

El modelo para los contratos de duración indefinida. Descarga Contrato Indefinido

Se puede pactar un período de pruebas de hasta dos meses, en el que el empleado y empleador están obligados a cumplir con sus respectivas obligaciones, pudiéndose producir la extincion del contrato por decisión de cualquier de las partes, teniendo que existir un período de preaviso pactado, sin exceder en ningun caso de site días naturales.

Si el empleador decidiera rescindir la relación unilateralmente, deberá comunicar por escrito al trabajador dicha extinción con una antelacion mínima de 20 días si el empleador llevará mas de un año trabajando o de 7 si lleva menos; la indemnización en este tipo de despido será de 12 días del salario por año trabajado con un límite de 6 mensualidades; si no lo cuminicara por escrito la indemnización será de 20 dias con el límite de 12 mensualidades.

En caso de que el despido sea por causa disciplinaria, el empleador tiene que notificar por escrito las causas del despido y la fecha con la que causa efecto; si no se siguieran estos pasos y el despido se declarara judicialmente improcedente, la indemnización sería de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Extinguida la relación laboral el empleador deberá tramitar la baja a la Seguridad Social dentro de los 6 dias naturales siguientes. Dicha baja podrá tramitarla la empleada doméstica cuando el contrato sea inferior a 60 horas menusales, pero el empleador siempre será el responsable ante la Seguridad Social.

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